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RECONOCEN A CONDUCTORES DE CANOTAJE COMO PRESTADORES DE SERVICIOS TURISTICOS
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 155-2001-ITINCI/DM
(Publicado en El Peruano el 31 de Julio de 2001)
Lima, 26 de julio de 2001
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 26961, Ley para el Desarrollo de la Actividad Turística, establece que el Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, es el ente rector a nivel nacional competente en materia turística, correspondiéndole formular, establecer y ejecutar la política y estrategia nacional de turismo, así como elaborar el marco normativo, fiscalizar, gestionar y administrar toda la actividad turística;
Que, el inciso ll), Artículo 17º de la referida Ley, faculta al Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales a ampliar la relación de los Prestadores de Servicios Turísticos, mediante Resolución Ministerial;
Que, el servicio de canotaje turístico viene siendo ofrecido en el país a los usuarios o turistas, siendo necesario contar con personas especializadas y capacitadas en la conducción de las embarcaciones destinadas a su práctica, garantizando que los mismos desarrollen la actividad con la mayor seguridad y mínimo riesgo;
Que, por lo antes expuesto, resulta necesario ampliar la relación de Prestadores de Servicios Turísticos, precisada en el Artículo 17º de la Ley Nº 26961;
De conformidad con la Ley Nº 26961, Ley para el Desarrollo de la Actividad Turística; y el Decreto Legislativo Nº 25831, Ley Orgánica del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Reconocer como Prestador de Servicio Turístico a las personas especializadas y capacitadas en la conducción de embarcaciones destinadas a la práctica del Canotaje Turístico, los que en adelante se denominarán "Conductores de Canotaje".
Artículo 2º.- Ampliar la relación de Prestadores de Servicios Turísticos precisada en el Artículo 17º de la Ley Nº 26961, de la forma siguiente:
"m) Conductores de Canotaje."
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Juan Incháustegui
Vargas
Ministro de Industria, Turismo, Integración y
Negociaciones Comerciales Internacionales