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Fue creada por Ley Nº 29408 - Ley General de Turismo, mediante su Artículo 35º. La Red de Protección al Turista - RPT es la encargada de proponer y coordinar medidas para la protección y defensa de los Turistas y de sus bienes. |
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Base Legal
Ley Nº 29408 – Ley General de Turismo publicada el 18 de Setiembre de 2009
Decreto Supremo N°003-2010-MINCETUR publicado el 16 de Enero de 2010, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Turismo.
Resolución Ministerial N°022-2010-MINCETUR/DM del 05 de Febrero de 2010, que declara formalmente constituida la Red de Protección al Turista.
Funciones
Elaborar y ejecutar el Plan de Protección al Turista. Ejecutar acciones coordinadas que garanticen la seguridad turística integral. Promover mecanismos de información, protección y asistencia a los turistas en coordinación con las autoridades competentes. Coordinar con las entidades competentes acciones para la prevención, atención y sanción de atentados, agresiones, secuestros, amenazas contra los turistas, de conformidad con la legislación vigente. Coordinar con las entidades competentes acciones para la prevención, atención y sanción de la destrucción de instalaciones turísticas, patrimonio cultural o natural, de conformidad con la legislación vigente. Proponer normas orientadas a la protección y defensa del turista. Realizar acciones conjuntas con el sector privado para la protección y defensa del turista. Orientar y coordinar con la prensa, en especial con la prensa especializada en turismo y demás medios de comunicación la difusión de información veraz y oportuna sobre los acontecimientos y situaciones que pueden incidir en la seguridad de los turistas.
Contactos de la Red de Protección al Turista
Presidencia: Santiago Vizcarra Valencia;
jvizcarra@mincetur.gob.pe; Telf. 5136100 ext 1530
Secretarío Técnico: José Wenceslao Jaimes Montero; esevilla@mincetur.gob.pe Telf: 5136100 ext 1530
Asesoría : José Wenceslao Jaimes Montero; jjaimesm@mincetur.gob.pe Telf.: 5136100 ext 1530
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